Asociación de Fiscales Asociación de Fiscales

Carta de la A.F. al Presidente del Gobierno sobre Clases Pasivas.

EXCMO. SR. PRESIDENTE DEL GOBIERNO

En Madrid, a 4 de mayo de 2020

Excmo. Sr.:

El RDL 15/20 de 21 de abril, (BOE del 22), de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, contempla en su exposición de motivos “que se hacen necesarias algunas modificaciones normativas para hacer efectiva la inclusión del Régimen de Clases Pasivas en la estructura del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones”. Hasta la fecha de entrada en vigor del RDL, el día 23 del mismo mes y año, las clases pasivas estaban integradas en el Ministerio de Hacienda.

Aún a pesar de que la exposición de motivos incide en que la crisis sanitaria actual provocada por el Covid-19 ha alterado radicalmente el calendario para la inclusión efectiva del Régimen de Clases Pasivas en el sistema de la Seguridad Social, y de que se considere razonable que esos cambios normativos no puedan ser aprobados por los procedimientos ordinarios de tramitación parlamentaria, pues esa situación generaría inseguridad jurídica e incertidumbre; la Asociación de Fiscales no considera que concurran las circunstancias de extraordinaria y urgente necesidad que aconsejen la reforma. La misma se incardina en una norma legal que contempla otras muchas disposiciones íntimamente vinculadas con la pandemia que sufrimos en estos dolorosos momentos y se hurta a las asociaciones profesionales y sindicatos de funcionarios de la administración de justicia de la necesaria audiencia e información acerca del alcance de la reforma.

Las D.A. 5a, 6a y 7a; la D.T. 2a y la D.F. 1a, entre otras, traspasan las competencias en materia de Clases Pasivas del Ministerio de Hacienda al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, modificando el RDL 670/87, de 30 de abril, del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado. Desde ahora, son el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social los órganos administrativos competentes en todo lo referido a la gestión y pago de las Clases Pasivas del Estado.

La Asociación de Fiscales muestra su malestar por no haber sido informada, junto al resto de asociaciones y sindicatos, de la promulgación de forma urgente de una reforma legal que puede afectar a las prestaciones de jubilación de la gran mayoría de los miembros de la carrera fiscal.

Igualmente manifiesta la honda preocupación de los fiscales en la medida de que la reforma operada por el RDL signifique el inicio de otras que vayan encaminadas a reducir los derechos y expectativas de los trabajadores públicos afectados sobre el hecho de la jubilación y que están vigentes en la actualidad, pudiendo citarse la determinación de la edad para la jubilación voluntaria, los años de cotización mínimos para acceder al cien por cien de la prestación, los coeficientes reductores aplicables al haber regulador en función de los años cotizados, la cuantía de las pensiones por incapacidad e, incluso, la prestación única por jubilación a cargo de la MUGEJU.

Por lo expuesto, desde la Asociación de Fiscales interesamos se nos informe de los motivos de fondo que han llevado de forma urgente al traspaso de competencias en materia de clases pasivas desde el Ministerio de Hacienda al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migración, así como las consecuencias que de ello se derivan para los miembros de la Carrera Fiscal.

La Comisión Ejecutiva de la Asociación de Fiscales

Carta de la A.F. al Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migración sobre Clases Pasivas.

EXCMO. SR. MINISTRO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES

En Madrid, a 4 de mayo de 2020

Excmo. Sr.:

El RDL 15/20 de 21 de abril, (BOE del 22), de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, contempla en su exposición de motivos “que se hacen necesarias algunas modificaciones normativas para hacer efectiva la inclusión del Régimen de Clases Pasivas en la estructura del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones”. Hasta la fecha de entrada en vigor del RDL, el día 23 del mismo mes y año, las clases pasivas estaban integradas en el Ministerio de Hacienda.

Aún a pesar de que la exposición de motivos incide en que la crisis sanitaria actual provocada por el Covid-19 ha alterado radicalmente el calendario para la inclusión efectiva del Régimen de Clases Pasivas en el sistema de la Seguridad Social, y de que se considere razonable que esos cambios normativos no puedan ser aprobados por los procedimientos ordinarios de tramitación parlamentaria, pues esa situación generaría inseguridad jurídica e incertidumbre; la Asociación de Fiscales no considera que concurran las circunstancias de extraordinaria y urgente necesidad que aconsejen la reforma. La misma se incardina en una norma legal que contempla otras muchas disposiciones íntimamente vinculadas con la pandemia que sufrimos en estos dolorosos momentos y se hurta a las asociaciones profesionales y sindicatos de funcionarios de la administración de justicia de la necesaria audiencia e información acerca del alcance de la reforma.

Las D.A. 5a, 6a y 7a; la D.T. 2a y la D.F. 1a, entre otras, traspasan las competencias en materia de Clases Pasivas del Ministerio de Hacienda al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, modificando el RDL 670/87, de 30 de abril, del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado. Desde ahora, son el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social los órganos administrativos competentes en todo lo referido a la gestión y pago de las Clases Pasivas del Estado.

La Asociación de Fiscales muestra su malestar por no haber sido informada, junto al resto de asociaciones y sindicatos, de la promulgación de forma urgente de una reforma legal que puede afectar a las prestaciones de jubilación de la gran mayoría de los miembros de la carrera fiscal.

Igualmente manifiesta la honda preocupación de los fiscales en la medida de que la reforma operada por el RDL signifique el inicio de otras que vayan encaminadas a reducir los derechos y expectativas de los trabajadores públicos afectados sobre el hecho de la jubilación y que están vigentes en la actualidad, pudiendo citarse la determinación de la edad para la jubilación voluntaria, los años de cotización mínimos para acceder al cien por cien de la prestación, los coeficientes reductores aplicables al haber regulador en función de los años cotizados, la cuantía de las pensiones por incapacidad e, incluso, la prestación única por jubilación a cargo de la MUGEJU.

Por lo expuesto, desde la Asociación de Fiscales interesamos se nos informe de los motivos de fondo que han llevado de forma urgente al traspaso de competencias en materia de clases pasivas desde el Ministerio de Hacienda al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migración, así como las consecuencias que de ello se derivan para los miembros de la Carrera Fiscal.

La Comisión Ejecutiva de la Asociación de Fiscales

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‘Esta situación de emergencia sanitaria ha puesto de manifiesto grandes déficits en la justicia ’. Entrevista a Cristina Dexeus.

LA PRESIDENTA DE LA ASOCIACIÓN DE FISCALES RECLAMA UNA APUESTA DECIDIDA POR LA JUSTICIA DIGITAL CON SISTEMAS INTEGRALES DE EXPEDIENTE JUDICIAL ÚNICO

Dexeus analiza en esta entrevista la situación actual en la Justicia y detalla las medidas necesarias frente al colapso que se avecina que propone su asociación, que este mes cumple 40 años. Foto: Carlos Berbell

Dexeus analiza en esta entrevista la situación actual en la Justicia y detalla las medidas necesarias frente al colapso que se avecina que propone su asociación, que este mes cumple 40 años. Foto: Carlos Berbell.

Esta situación de emergencia sanitaria ha puesto de manifiesto grandes déficits en la justicia española”. Así lo manifiesta a Confilegal Cristina Dexeus, presidenta de la Asociación de Fiscales (AF).

“Por ejemplo, la ausencia de un verdadero sistema que permita el trabajo desde casa, sin necesidad de presencia física y donde todos los operadores jurídicos del mismo órgano judicial puedan estar interconectados para trabajar y avanzar en la tramitación de los expedientes”, explica.

Dexeus, que es decana de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Barcelona, comparte con este diario cómo está siendo en su caso el trabajo durante la pandemia.

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Comunicado de los Vocales de la lista de la Asociación de Fiscales. Abril 2020.

Queridos compañeros:

Los Vocales de la lista de la Asociación de Fiscales queremos informaros de las cuestiones más relevantes que fueron tratadas en la pasada sesión del Pleno del Consejo Fiscal del martes 28 de abril de 2020 y que se realizó -en atención a las circunstancias actuales derivadas de la declaración del estado de alarma- por videoconferencia.

Al comienzo de la sesión, el Pleno mostró sus condolencias por el reciente fallecimiento de quien fuera el Teniente Fiscal del Tribunal Supremo, el Excmo. Sr. D. José María Luzón Cuesta, y de la Ilma. Sra. Dña. Cristina Toro, Fiscal de la Fiscalía Especial Antidroga.

La sesión tenía tan solo un único punto del orden del día, a fin de emitir informe sobre el Anteproyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos Personales tratados para fines de prevención, detección, investigación o enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales, así como de protección y prevención frente a las amenazas contra la seguridad pública, habida cuenta de la necesidad de trasposición de la Directiva de la Unión Europea número 2016/680 a nuestro ordenamiento jurídico.

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La Asociación de Fiscales pide a Delgado ‘medidas concretas, prácticas y seguras’ para la reincorporación. Entrevista a Cristina Dexeus.

La Asociación de Fiscales (AF) exige a la fiscal general del Estado, Dolores Delgado, “medidas concretas, realistas, prácticas, eficaces y seguras” para la reincorporación al trabajo de la Carrera Fiscal y de los funcionarios de la Fiscalía.

Así lo ha señalado a Confilegal Cristina Dexeus, presidenta de la AF.

Indica que los cinco vocales de la asociación entregaron el pasado martes al Consejo Fiscal un documento con una serie de peticiones concretas, que la AF ya había reclamado a Delgado por correo electrónico y también en la reunión que la fiscal general mantuvo con las asociaciones el pasado 21 de abril.

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Plazos de prescripción de los delitos durante el estado de alarma declarado por el COVID-19. Por Jaime Moreno Verdejo y Pedro Díaz Torrejón.

1. Introducción

La declaración del estado de alarma, en virtud del RD 463/2020, de 14 de marzo (SP/LEG/28571), ha traído consecuencias en el ámbito de la Administración de Justicia. En concreto, en materia procesal-penal se ha dispuesto la suspensión de determinados plazos, creando una situación de impasse en la que todo parece quedar congelado.

Ahora bien, no todos los plazos están afectados en igual manera por la suspensión temporal.

Se analiza en estas líneas un aspecto concreto: el efecto que tiene la suspensión de plazos acordada en el citado RD sobre la prescripción de los delitos.

2. Regulación de los plazos en el RD 463/2020

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Videoconferencia de la Comisión Pedagógica del C.E.J.

En el día de ayer, sobre las 13:15 horas se ha reunido la Comisión Pedagógica del CEJ, a través de la aplicación Blackboard Collaborate, en la que la nueva directora, Abigail Fernández, nos ha informado que se han suspendido prácticamente todas las actividades formativas presenciales, no habiendo otra alternativa que acudir a formatos “online”.

La Asociación de Fiscales, ante la situación que sufre España a consecuencia del COVID-19, sin perjuicio de manifestar su no oposición temporal a esta formación, ha transmitido su preocupación por si este salto supone abandonar la formación presencial de forma definitiva. Seguiremos apostando por ella como alternativa principal, ya que tiene unas ventajas inherentes para los Fiscales, como el intercambio de conocimientos entre compañeros, que no tiene la formación online, sin perjuicio de aprovechar esta para determinadas materias (por ejemplo, idiomas o herramientas informáticas), y en formatos ágiles y que permitan interactuar (streaming, webinars…)

Desde la Asociación de Fiscales hemos interesado información sobre qué cursos se van a mantener, fechas que se manejan para ello y formatos que se pretenden utilizar, sin recibir respuesta concreta sobre tales aspectos.

Madrid 29 de abril de 2020
Comisión Ejecutiva de la AF

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