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Antonio Roma analiza la STEDH sobre los parlamentarios catalanes.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos se ha pronunciado. La sentencia comunicada el 28 de mayo resuelve el contencioso planteado por setenta y seis integrantes del Parlament de Cataluña frente a las consecuencias derivadas de la prohibición realizada por el Tribunal Constitucional a la convocatoria realizada el 9 de octubre de 2017 del pleno que habría de proclamar la independencia de la comunidad autónoma a la vista de la convocatoria a los ciudadanos del 1 de octubre.
En esencia, los demandantes dirigen una reclamación frente a la actuación de un órgano encargado de velar por los derechos humanos y las garantías democráticas (el Tribunal Constitucional) ante otro distinto con las mismas funciones, pero de ámbito material y geográfico diferente (el Tribunal Europeo de Derechos Humanos); y argumentan una versión de la democracia limitada a la votación en referéndum y a la asunción de sus consecuencias.