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El fiscal y la ley. Por Luis Anguita.

Es bueno recordar que en nuestra propia Constitución se establece, en su artículo 124, de manera clara y terminante, que el Ministerio Fiscal tiene como función promover la acción de la Justicia, en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley. Se establece asimismo en nuestra Carta Magna que el fiscal, en el ejercicio de su profesión, actuará bajo los principios de legalidad y de independencia jerárquica. Ante las declaraciones realizadas ayer, en un medio de comunicación, por el presidente del Gobierno en funciones, sobre que la fiscalía depende del Gobierno, hay que dejar muy claro que la fiscalía actúa de manera independiente al Ejecutivo, con sometimiento a la ley, por lo que en su actuación rige el principio de legalidad, sin estar en ningún momento bajo las órdenes de ningún político, aunque sea el presidente del Gobierno del Estado español.

¿Quién juzga a los jueces? Por Luis Anguita.

Jueces que son apartados, expedientados o inhabilitados han sido protagonistas de noticias que han sacudido a la opinión pública en los últimos años. Dos representantes de la justicia, Luis Anguita Juega, delegado de la Asociación de Fiscales de A Coruña, y Augusto Pérez-Cepeda, decano del Colegio de Abogados, contestan a la siguiente pregunta: ¿Quién juzga al juez?

El imperio de la ley

Nuestra Constitución recoge en su artículo 1 que España se constituye en un Estado social y democrático de derecho. Este es un principio fundamental: nadie puede estar por encima de la ley, y todos los ciudadanos y poderes del Estado, están sujetos a un control judicial y pueden incurrir en responsabilidades disciplinarias y penales.

Para este control es fundamental la existencia de un poder judicial independiente, así se recoge en nuestra norma fundamental, cuando establece en su artículo 117, que la justicia emana del pueblo y se administra en nombre del rey por jueces y magistrados integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley.

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El Estado de Derecho y las garantías del proceso penal en España son indiscutibles a día de hoy. Por Luis Anguita.

La independencia judicial es la base de un Estado de Derecho y de un proceso penal garantista, donde no haya otra dependencia que al imperio de la Ley.

Un Estado de Derecho debe de tener su límite en la Ley, siendo la Constitución la norma fundamental, que garantice los derechos fundamentales e impida, mediante el control de la constitucionalidad de la norma, leyes que puedan ser contrarias a la Constitución.

La independencia judicial se recoge en varios artículos de nuestra Carta Magna, como el artículo 117, cuando establece:

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Por una Justicia independiente, digna y eficaz. Por Luis Anguita.

La Justicia española se encuentra en una grave crisis, está anticuada en cuanto a los medios, es insuficiente el número de jueces y magistrados y lenta por unas leyes procesales antiguas y desfasadas.

La respuesta del actual Ministerio de Justicia, cuya titular es la ministra Dolores Delgado, es dar promesas vacías de contenido, que parecen buscar alargar el problema sin dar soluciones y aún es más decepcionante, cuando la Ministra de Justicia participó en la anterior huelga, reclamando unas medidas para modernizar la Justicia, que ahora en el Ministerio, no se le ve voluntad de llevarlas a cabo.

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