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Plazos de prescripción de los delitos durante el estado de alarma declarado por el COVID-19. Por Jaime Moreno Verdejo y Pedro Díaz Torrejón.
1. Introducción
La declaración del estado de alarma, en virtud del RD 463/2020, de 14 de marzo (SP/LEG/28571), ha traído consecuencias en el ámbito de la Administración de Justicia. En concreto, en materia procesal-penal se ha dispuesto la suspensión de determinados plazos, creando una situación de impasse en la que todo parece quedar congelado.
Ahora bien, no todos los plazos están afectados en igual manera por la suspensión temporal.
Se analiza en estas líneas un aspecto concreto: el efecto que tiene la suspensión de plazos acordada en el citado RD sobre la prescripción de los delitos.