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Comunicado de los Vocales de la lista de la Asociación de Fiscales. Pleno del Consejo Fiscal, 3 de junio de 2021.

Queridos compañeros:

Los Vocales de la lista de la Asociación de Fiscales os informamos de las cuestiones más relevantes que han sido tratadas en el último pleno del Consejo Fiscal celebrado el día 3 de junio de 2021, en el que tomó posesión como miembro nato la Excma. Sra. Dña. María Antonia Sanz Gaite, Fiscal de Sala Jefe de la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado.

El orden del día en esta ocasión giró en torno a la precaria situación que se ofrece a los nuevos compañeros que en breve se incorporan a la carrera fiscal, y que lo harán en su mayoría en plazas de refuerzo como fiscales en expectativa de destino, y en el previsible aumento de la plantilla del Ministerio Fiscal para los próximos años.

1 PROPUESTA DE PLAZAS A OFRECER A LOS ALUMNOS DEL CEJ (113) QUE ACCEDERÁN PRÓXIMAMENTE A LA CARRERA FISCAL EN EXPECTATIVA DE DESTINO (94)

El Consejo Fiscal aprobó la propuesta presentada por la Inspección Fiscal respecto de las plazas que han de ser ofrecidas a los 113 alumnos del Centro de Estudios Jurídicos que accederían próximamente a la Carrera Fiscal.

La Fiscal Inspectora informó al Consejo Fiscal que la mayor parte de las plazas que van a ser ofrecidas a nuestros nuevos compañeros -hasta un total de 94- son las que han sido creadas como de refuerzo en estos años y que hoy por hoy solo pueden ser ocupadas por fiscales sustitutos. En este punto los Vocales de la lista de la Asociación de Fiscales recordamos una vez más la imperiosa necesidad de una regulación que vaya más allá de los estrechos márgenes que deja la Instrucción 3/2015 sobre comisiones de servicio en la carrera fiscal para la cobertura de plazas no ocupadas por ausencia de su titular o por vacante. Solo así sería posible que un fiscal no sustituto pueda igualmente ocupar una plaza de refuerzo, al igual que aquellas otras cuyo titular se encuentre ausente por la razón que sea durante un periodo no inferior a los seis meses (algo que solo es posible en la actualidad en los supuestos de excedencia voluntaria con derecho a la reserva de puesto de trabajo para cuidado de hijos, de menores en acogimiento, de cónyuge, de parejas de hecho, de familiares, y por causa de violencia sobre la mujer, y en los supuestos de comisiones de servicio con relevación de funciones en el Ministerio de Justicia o en misiones de cooperación jurídica internacional y de traslado a otra Fiscalía por razón de violencia de género).

Igualmente, los Vocales de la lista de la Asociación de Fiscales lamentamos la falta absoluta de las garantías jurídicas que para los nuevos abogados fiscales que queden en expectativa de destino debería reportarles la existencia precisamente de una regulación específica de la figura del fiscal en expectativa de destino. Así lo hizo -hace años ya- el Consejo General del Poder Judicial, primero para los jueces de adscripción territorial, y después para los denominados jueces en expectativa de destino que cumplen sus funciones de apoyo a aquellos, con el objeto de paliar de algún modo la situación de las últimas promociones de jueces que veían frustrada su legítima expectativa de prestar servicio activo en condición de titular. Se previene en dicha regulación que con la creación de esa figura no se crea una plaza orgánica, sino que se regula la situación transitoria en la que se encuentra el juez que accede a la carrera judicial y que tiene que ver más con la defectuosa organización del servicio e imprevisión en la compleción de la planta judicial que con unas eventuales funciones propias de su situación.

Y es que lo que hasta ahora en la carrera fiscal era una excepción se ha convertido en los últimos años en una regla. De hecho, de los 113 compañeros que se incorporarán próximamente solo 19 lo harán como fiscales titulares de una plaza.

A ello se une una honda preocupación, que los Vocales de la lista de la Asociación de Fiscales ya expresamos el año pasado, cuando se produjeron idénticos nombramientos. Nos referimos a la situación en la queda la Fiscalía una vez que el fiscal en expectativa de destino logra la titularidad de la plaza -recordemos que es obligatorio para ellos concursar a todas las plazas-, pues cesa de modo automático la plaza de refuerzo que el fiscal cubrió y que llevaba años atendida por un fiscal sustituto al tratarse en la mayor parte de los casos de refuerzos que obedecen a razones estructurales. Ello obliga al fiscal jefe a cursar y justificar de nuevo una solicitud de concesión de una plaza cuya necesidad ha sido evidente hasta ese momento y en una tesitura en que la ausencia de quien ocupe esa vacante ya no existente ha de ser asumida por plantillas ya de por sí exhaustas en tanto no se dicta la nueva resolución que concede lo que pretende ser una nueva vacante. Para conjurar este riesgo recordaréis que el pasado año los Vocales de la lista de la Asociación de Fiscales apoyamos en vano las peticiones de muchos fiscales jefes en orden a retener a los fiscales en expectativa de destino con el fin de que la plaza quedara cubierta sin solución de continuidad. Y decimos que el apoyo fue en vano porque ningún caso se hizo ni por la Inspección ni por el propio Consejo Fiscal al votar tanto los consejeros electivos de la lista de la UPF como los natos por la no retención y ello aun a pesar de que los propios fiscales en expectativa afectados mostraron su conformidad con la retención solicitada por sus jefes. Se une a todo esto la pérdida definitiva de plazas en alguna Fiscalía en esa espera de un refuerzo que ya no se reconoce e incluso el despropósito de entender -en los casos en que el refuerzo se mantuvo- que pueda tratarse de un refuerzo de nuevo cuño frente al carácter estructural que arranca de años atrás y que es la base de su existencia.

Por último, llama la atención que -por el contrario a lo que ha sucedido en ocasiones anteriores- se impida a los nuevos abogados fiscales optar a ocupar las plazas de refuerzo existentes en las Fiscalías provinciales de Madrid y Barcelona, pues no existe ningún argumento ni objetivo ni razonable que justifique que tales puestos sigan siendo desempeñados por sustitutos externos a la Carrera.

2 SOLICITUD DE AMPLIACIÓN DE PLANTILLA DEL MINISTERIO FISCAL A FORMULAR AL MINISTERIO DE JUSTICIA

Los Vocales de la lista de la Asociación de Fiscales rechazamos la cicatera posición del Ministerio de Justicia, que en sus reuniones con la Fiscalía General del Estado, ha ofrecido un incremento de la plantilla a una cifra que gira en torno a las 40 plazas, lo cual no solo resulta contradictorio con las necesidades actuales de las fiscalía -como lo demuestra, por ejemplo, el gran número de refuerzos existentes- y con el exceso de fiscales sobre la plantilla actual, que en breve se incrementará con la llegada de los nuevos abogados fiscales, sino con los propios pronósticos realizados desde aquel órgano gubernamental en cuanto a las necesidades de previsión de acomodación de la plantilla ante el reto anunciado de la asunción de la investigación por parte del Ministerio Fiscal conforme al Anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal.

A la misma vez, los Vocales de la lista de la asociación de Fiscales nos congratulamos de que la Fiscal General haya recogido lo que es ya una vieja reivindicación de la Asociación de Fiscales en cuanto a lo imprescindible que resulta realizar un estudio riguroso de la cargas de trabajo que arrastran los fiscales y de la situación de las Fiscalías basado en datos objetivos que permitan hacer una propuesta coherente y realista sobre las necesidades del Ministerio Fiscal. Es por ello que debemos felicitar a la Unidad de Apoyo por el valioso trabajo realizado a tal fin y del que se concluye -en lo que consideramos son cifras muy conservadoras- la presentación ante el Ministerio de Justicia de una propuesta de sucesiva creación de plazas en estos tres años, de suerte que en 2021 el incremento sea de 130 plazas, 116 en 2022 y 103 en 2023.

Se trata, en definitiva, de acomodar la plantilla orgánica a la incorporación de las nuevas promociones, evitando la incómoda y poco satisfactoria situación de la expectativa de destino, y de poder dar un servicio público de calidad y en plazos razonables. A la misma vez, se persigue la equiparación al cabo de esos tres años con la Carrera Judicial en cuanto a la equivalencia o proporción del porcentaje de fiscales en las tres categorías. Fundamentalmente, por lo que respecta a la tercera categoría, al ser todas las plazas propuestas de la segunda categoría y pretenderse la reconversión en este tiempo de parte de aquellas plazas de la categoría tercera a la segunda.

3 PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL MINISTERIO FISCAL. INFORME SOBRE DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA

Como recordaréis, el proyecto del Reglamento del Ministerio Fiscal fue ya informado por el Consejo Fiscal en 2019 y ello a pesar de nuestra oposición por las prisas impuestas y sin que pasara a estudio previo de la carrera, así como por razones de técnica jurídica y de contenido. En esta ocasión se ha tratado de la introducción de una disposición adicional única por la que se crea la denominada Oficina de Comunicación de la Fiscalía General del Estado, figura esta que debiera estar incardinada realmente en nuestro Estatuto Orgánico. El objetivo de este nuevo recurso es el ejercicio de funciones de comunicación institucional y de relaciones informativas, así como de asesoramiento en tales materias, bajo la dirección del Fiscalía General del Estado. El director de dicha oficina, con naturaleza de personal eventual, podrá ser nombrado y cesado libremente por el Fiscal General del Estado con cargo a sus créditos presupuestarios consignados para tal fin y de acuerdo con la correspondiente relación de puestos de trabajo. Su cese se producirá, en todo caso, cuando se produzca el del Fiscal General del Estado.

En el apartado de ruegos y preguntas, los Vocales de la lista de la Asociación de Fiscales preguntamos por las fechas para el próximo concurso reglado de provisión de plazas -que la Inspectora fijó en septiembre u octubre- y solicitamos de la Inspección Fiscal que envíe nota a los fiscales jefes para que comuniquen a las plantillas el derecho a disfrutar de un día más de permiso en este año 2021 por mor de lo dispuesto en la Resolución de 11 de febrero de 2021 de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública por la coincidencia en sábado de dos festivos nacionales no recuperables y nos sustituibles. Sugerimos también a la Fiscal General la conveniencia de instar del Ministerio el rápido desarrollo reglamentario de la recientemente aprobada ley de protección de datos al ser preceptiva la aplicación del texto legal.

Nos preocupan a los Vocales de la lista de la Asociación de Fiscales los problemas recurrentes que aquejan a muchas Fiscalías respecto de la posibilidad de comparecencia por parte de los fiscales a las vistas o a cualquier otro acto procesal de modo telemático ante la negativa injustificada de algunos órganos judiciales. Es por ello que, sin perjuicio de la necesidad de una completa regulación legal de los denominados juicios telemáticos una vez sea declarado el fin de la actual situación de crisis sanitaria conforme establece la disposición transitoria segunda de la Ley 3/2020 y con ello el fin de la vigencia de la actual regulación de tales vistas o actos procesales, hemos instado de la Fiscal General la toma de alguna medida que ampare a las fiscalías en su reivindicación de aplicación de la normativa actual y de la que ya existía con anterioridad a la citada Ley 3/2020. La Fiscal General nos ha anticipado su intención de incluir tal cuestión en el orden del día de la Junta de Fiscales Superiores que tiene previsto celebrar próximamente con el fin de que sean ellos quienes amparen a sus fiscales jefes provinciales en tales iniciativas y realicen las gestiones tendentes a evitar las negativas injustificadas por los órganos judiciales.

Asimismo, los Vocales electivos por la lista de la Asociación de Fiscales nos interesamos por las siguientes cuestiones que afectan a distintas compañeras:

  • Preguntamos por las razones para la supresión del destacamento temporal existente hasta el momento en la Fiscalía de la Audiencia Nacional, toda vez que la precaria situación en que se encuentra esta fiscalía persiste en la actualidad al no estar la plantilla cubierta de modo efectivo y no ser previsible que lo vaya a estar en los próximos meses.
  • Nos preocupamos por la solución que va a dar la Inspección Fiscal a la compañera a la que desde la propia Inspección Fiscal se garantizó la posibilidad de fraccionar el tiempo de su excedencia para el cuidado de hijos y que ahora se ha encontrado con la negativa del Ministerio de Justicia y ha perdido, en consecuencia , el tiempo no disfrutado.
  • Instamos una respuesta adecuada para una compañera que, a pesar de la grave enfermedad que le aqueja, quiere y puede seguir trabajando, si bien debe hacerlo desde un destino diferente al que ocupa en la actualidad.

Sin otro particular, os enviamos un afectuoso saludo y os invitamos a que nos transmitáis cuantas sugerencias y propuestas entendáis oportunas. Mientras tanto, seguid cuidándoos mucho.

 

En Madrid, a 3 de junio de 2021

 

Los Vocales electivos de la lista de la Asociación de Fiscales

 

Concepción Talón Navarro

Juan Andrés Bermejo Romero de Terreros

Juan Francisco Ríos Pintado

María Rosario Lacasa Escusol

María Rosa Rubio Ramos

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