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Constitución y Solidaridad. Por Álvaro Redondo Hermida.

Considerada como una facultad relevante del espíritu humano, la solidaridad consiste en apoyar a nuestros semejantes en los momentos más difíciles. Esta aproximación al sentido académico del término alcanza en estos tiempos una realidad tangible, mensurable, visible como en pocas ocasiones.
La pandemia que nos golpea, que poco se diferencia de algunos episodios dramáticos de nuestra historia, ha hecho aparecer actitudes generosas, así como la conciencia de la necesidad de aglutinar las fuerzas sociales. Este momento heroico que atraviesa nuestra sociedad nos lleva a reflexionar sobre la relevancia que, tanto en el ámbito jurídico como político, alcanza el principio de solidaridad.

La nación española es el pilar sobre el que descansa nuestro sistema jurídico. No es la Constitución la que ha creado a España, sino a la inversa. Una España que surge de la unión inmemorial de sus pueblos, solemnemente proclamada en el Preámbulo de la Carta de Cádiz. En ella se afirma que la soberanía reside esencialmente en la Nación, para asegurar cuyo bienestar las Cortes aprueban la Constitución (artículos 14 y 27).

La soberanía no es un fin en sí misma, sino un medio legítimo para alcanzar el bienestar de los pueblos. La Carta de 1978 se propuso completar los propósitos de nuestra primera Constitución, promoviendo la seguridad y la calidad de vida de cuantos residen en nuestro territorio, teniendo como fundamento la solidaridad. Si observamos la vigente Ley fundamental, comprobamos la consideración preeminente que los constituyentes tributaron a la solidaridad, como virtud social y como principio jurídico.

Las autonomías se basan en la solidaridad territorial para erigirse en comunidades que integran una nación indisoluble, que las reconoce y garantiza (artículo 2 CE). La Carta no sólo establece la solidaridad de las comunidades con España. También proclama la que existe entre ellas. De este modo, España está integrada por comunidades autónomas, solidarias unas con otras, entre las cuales debe asegurarse el justo equilibrio, descartando cualquier privilegio (artículo 138 CE). Por este motivo, los ciudadanos tienen los mismos derechos y deberes en todas las comunidades (artículo 139 CE).

La Constitución confía en la solidaridad colectiva, para asegurar la protección del medio ambiente y los recursos. Un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, que pueda ser disfrutado por los ciudadanos (artículo 45 CE). Quienes rehúsan contribuir a preservar dichos valores pueden ser sancionados incluso penalmente con arreglo a leyes que prevé la misma Ley fundamental, viniendo obligados a reparar el daño. En el ámbito de los impuestos, nuestra Constitución insiste en la solidaridad autonómica (artículo 156 CE), exigiendo la compensación entre territorios (artículo 157 CE), de modo que la prestación de los servicios públicos se garantice a todos (artículo 158 CE).

Pero hay también un concepto social de solidaridad, sobre el que el legislador construye nuestras normas. La conciencia de unidad que lleva a descartar diferencias políticas, para alcanzar el objetivo de proteger nuestra salud y bienestar amenazados. El sentido de respeto hacia la entregada labor de los miembros de las fuerzas armadas, llamadas por su vocación de servicio a prestar auxilio en entornos de riesgo. La colaboración espontánea de empresarios y trabajadores con la preparación del material adecuado para combatir la plaga.

La solidaridad será cada vez más necesaria en los próximos días, porque el mal no cesa y amenaza con dejar su huella por largo tiempo en nuestro espíritu. También será preciso cumplir y hacer cumplir la ley, porque la seguridad jurídica impone su respeto, en orden a proteger los valores constitucionales, uno de los cuales es el bienestar de los ciudadanos. Cumplir y hacer cumplir la ley, permitiendo que la solidaridad ciudadana supere el azote de la fatalidad. He aquí el entorno cercano que nos interpela.

Sostener el Estado de Derecho, asegurando el imperio de la ley como expresión de la voluntad popular (Preámbulo CE), es la gran exigencia del momento, de cuyo cumplimiento depende el éxito del mayor desafío de los últimos tiempos: garantizar la convivencia dentro de la Constitución. Sólo así se puede asegurar un orden social justo, que proteja a todos los españoles en sus legítimos derechos, entre ellos y especialmente, el que asegura el respeto a una vida digna.

Fuente: La Razón

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