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Comunicado Carrera Fiscal y Judicial. Pautas de la huelga. Servicios mínimos.
EL COMITÉ DE HUELGA INFORMA
A) Sobre el ejercicio del derecho a huelga.
Conforme a la Sentencia nº 11/1981 de 8 de abril del Tribunal Constitucional, el derecho fundamental de huelga -reconocido en el art. 28.2 de la Constitución Española- es de titularidad individual, de manera que la decisión de hacer o no huelga corresponde exclusivamente a cada persona a título individual, respetando en cada caso los servicios mínimos fijados.
Por lo tanto, os animamos a ejercitarlo, e informamos a los miembros de las Carreras Judicial y Fiscal que no existe obligación de informar si se tiene o no intención de secundarla. Ni a decanos, ni a ...