Asociación de Fiscales Asociación de Fiscales

Abril y Mayo de 2017

Queridos compañeros asociados y no asociados:

En este comunicado os damos cuenta de nuestra postura respecto de los puntos que han conformado el orden del día de los dos últimos plenos del Consejo Fiscal.

TEMAS DEL CONSEJO FISCAL. PLENO DE 6 de abril de 2017.

1. Nombramientos: Orden JUS 235/2017, de 4 de Enero (BOE 7 de marzo):

    - Fiscal del TS (Sala de lo Contencioso administrativo) Se valoran los curriculum presentados por todos los peticionarios, pero dado que se ofertan tan solo dos plazas, atendiendo muy particularmente a la naturaleza de los asuntos propios de la especialidad, la Comisión Ejecutiva acuerda apoyar a D. Manuel Campos y Dña. Nuria Arnaiz, por ser los más idóneos para las plazas solicitadas. D. Manuel Campos durante los años 1998 a 2007 estuvo prestando servicios especializados en la jurisdicción contencioso-administrativa. Asimismo, ostenta el título de Doctor en Derecho, fue coordinador de un módulo de contencioso administrativo y codirector en un Máster de abogacía en el módulo de administrativo. Dña. Nuria Arnaiz, ha demostrado una excepcional capacidad de trabajo en sus distintos destinos así como rigor en los asuntos encomendados, destacando especialmente su paso por la Secretaria Técnica y el despacho de la especialidad contencioso-administrativo y protección de victimas en la Fiscalía Superior de Madrid.

    Fiscal del Tribunal Constitucional. Examinada la documentación presentada por los peticionarios se advierte la excepcional trayectoria profesional y curriculum aportado por todos los peticionarios, pero valorando la particular naturaleza de la plaza ofertada y la de la materia objeto de la misma, la Comisión Ejecutiva acuerda apoyar a D. Fernando Cabedo Villamón, tanto por su antigüedad, como por su brillante curriculum y excelente trayectoria que le hacen un candidato apto e idóneo para la plaza.

    Teniente de la Fiscalía de la Audiencia Nacional. Tras examinar las solicitudes y trayectoria profesional de los peticionarios, la Comisión Ejecutiva acuerda apoyar a D. Miguel Ángel Carballo Cuervo, quien lleva más de once años de servicios en esa Fiscalía Especial, con una excelente trayectoria profesional que avala un profundo conocimiento de la misma, así como una sintonía con el programa de actuación presentado por el actual Excmo. Fiscal Jefe de la Audiencia Nacional, que garantizara una perfecta cohesión y apoyo a la Jefatura, así como a las funciones que se le encomienden por esta.

    Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Vizcaya. La Comisión Ejecutiva acuerda apoyar Dña. Ana Barrilero Yarnoz, única peticionaria.

    Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Huesca. Comisión Ejecutiva acuerda apoyar a D. Juan Andrés Baratech Ibáñez, único peticionario.

    Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Granada. Sin perjuicio de reseñar los valiosos proyectos presentados por los peticionarios, y el informe presentado por la Excma. Fiscal Superior, la Comisión Ejecutiva destaca especialmente el meritorio proyecto presentado por D. Francisco Javier Hernández, en el que se presentan interesantes propuestas, tales como la convocatoria de Juntas de Coordinación a modo de comité ejecutivo, y de apoyo de la Jefatura, potenciando las especialidades y mecanismos de conformidad y mediación.

2. Informe nombramiento de comisión de servicio en la Fiscalía Antidroga para cubrir la plaza de fiscal que desempeña su actividad en comisión de servicio en el Ministerio de Justicia.

La Comisión ejecutiva, tras examinar las solicitudes presentadas acuerda apoyar a D. Francisco Javier Molto Delgado, quien ostenta la condición de Delegado de la Sección en su Fiscalía de origen (Algeciras), donde se encuentra integrado desde hace años con una profesionalidad intachable, y gran capacidad de trabajo.

3. Permiso de paternidad en la Carrera Fiscal. Iniciativas realizadas al régimen previsto en la Ley 9/2009, de aplicación de la duración del permiso de paternidad en los casos de nacimiento, adopción y acogida.

La Comisión Ejecutiva tras examinar la documentación remitida se muestra conforme con la propuesta realizada.

TEMAS DEL PLENO DEL CONSEJO FISCAL DÍAS 3 Y 4 DE MAYO

1. Propuesta de reforma del RD 437/1983, de 9 de febrero, sobre constitución y funcionamiento del Consejo Fiscal.

Con carácter general, y sin perjuicio de resaltar las mejoras que se proponen en la reforma (resaltadas en rojo en el documento recibido), la AF entiende que es necesario regular expresamente, y hacerlo además de forma pormenorizada, todo lo relativo a la convocatoria del Pleno del CF: plazo mínimo de antelación para la convocatoria, que forzosamente deberá ir acompañada desde un primer momento por el orden del día propuesto; plazo máximo para remitir a los miembros del CF la documentación referente a los temas del orden del día; forma y plazo en que los consejeros pueden introducir temas en el orden del día.

Asimismo, debería regularse, y no hacer una mera referencia a su existencia y competencias, el funcionamiento de la Comisión permanente, y también de las Comisiones de igualdad y transparencia y cuantas otras se puedan constituir, fijando igualmente el número mínimo exigible de reuniones –presenciales o no- que deban celebrarse anualmente por las referidas comisiones.

Debe también destacarse singularmente la indefinición respecto al personal de auxilio administrativo y los “medios materiales adecuados” con que contará el CF. Se hace necesario determinar el número de personas (entendemos que una o dos serían suficientes) destinadas a ese auxilio y la adscripción física de las mismas (si en la Inspección o en la Unidad de Apoyo), y cuáles son esos medios materiales. Desde la AF se entiende que no basta con un mero ordenador, que se hace necesaria la previsión de algún modo de publicidad a la Carrera o a los medios de comunicación de noticias, informes o acuerdos de las comisiones, que los consejeros electos valoren de importancia trasladar, con independencia de la comunicación ordinaria que se realiza de los comunicados oficiales del Pleno, tras cada CF.

2. Iniciativas para la creación de un Gabinete de Comunicación de la Fiscalía General del Estado y para el cumplimiento efectivo de la Ley de Transferencia.

La Comisión Ejecutiva  muestra  su satisfacción  con el informe elaborado por la Comisión de Transparencia, dotando de mayor autonomía organizativa al Ministerio Fiscal en la organización y explotación del portal “fiscal.es”, al margen de la intromisión del Ministerio de Justicia, porque tal y como se recoge en el informe el Ministerio Fiscal es un órgano de” relevancia constitucional”, que si bien depende del Ministerio de Justicia debería ostentar una mayor autonomía y capacidad organizativa.

3. Formación inicial y continua del Ministerio Fiscal. Problemas y deficiencias habidos en el Centro de Estudios Jurídicos.

Transcurridos unos meses desde la nueva organización y gestión del CEJ, subsisten los problemas detectados en cuanto a la mala gestión en la organización de los cursos, particularmente la elección de los Hoteles de los asistentes, que en ocasiones no son acordes a la dignidad de la función, resultando evidente el agravio comparativo cuando se trata de cursos a los que asisten tanto Jueces, como Fiscales.

Por ello la Comisión ejecutiva ha trasladado a los Consejeros las quejas transmitidas por muchos compañeros, a lo que hay que sumar que tras la nueva gestión se está llevando un abono tardío de las dietas y retribuciones por las ponencias realizadas, lo que generara inconvenientes en la presentación del IRPF, correspondiente al ejercicio concluido. En materia de elección de ponentes y actividades formativas pese a la intervención de la Secretaria Técnica se advierten deficiencias por lo que hemos trasladado la necesidad de convocar la Comisión de Formación para evaluar los problemas existentes. 

3. Información y valoración de implantación del Proyecto de Justicia Digital en las Fiscalías.

La comisión Ejecutiva advierte que persisten los problemas que ya fueron trasladados oportunamente al Ministerio de Justicia, y que a día de hoy persisten. Se pone de relieve la tardanza en los pasos de elaboración del dictamen a enviar por Lex net, a lo que hay que sumar que hay que introducir el dictamen en Fortuny, para lo cual previamente se exige guardar el documento en Word, ya que no admite el programa PDF. De esta manera se duplica un trabajo que consideramos meramente administrativo y que tiene que realizar el Fiscal, en detrimento de otras funciones, disminuyendo de forma evidente el rendimiento.

Es imprescindible la existencia de una única aplicación o simplificar el trabajo generado por las distintas aplicaciones que coexisten en la actualidad.

Son numerosos los defectos observados en el Expediente Digital en su tramitación como:

    - desorden en la tramitación de los sucesivos actos procesales, sin respetar su orden cronológico,

    - faltan “acontecimientos” (actuaciones o actos procesales), de modo que el visor está incompleto y aparece desintegrado, cuando el procedimiento proviene de otro anterior, o procede de otro juzgado, no incluyéndose lo anterior en el nuevo expediente. A lo anterior hay que denunciar que se advierte que no se están incluyendo los videos de las grabaciones de las declaraciones de imputados, testigos o peritos, ni los juicios celebrados, a pesar de que es posible su introducción, a lo que se esgrime como argumento para no hacerlo que “el Manual de Minerva lo prohíbe”. A lo anterior hay que añadir que no se diferencian los actos procesales esenciales, de los de mero trámite.

La falta de integración total de Ministerio Fiscal en el Expediente Digital al coexistir el papel, con el mismo, está generando problemas de coordinación, extravío de papeles al no estar incorporados al expediente, reiteración de notificaciones o peticiones de informes con el pretexto de que no les constan. 

Persiste la falta de colaboración de los LAJ en el control de las causas, sin que a día de hoy se haya publicado la anunciada Instrucción a los LAJ, ni se haya promovido modificación legislativa que subsane esta situación.

El Expediente Digital y las dificultades para el control de los plazos del 324, están suponiendo la ralentización en el despacho de los asuntos, bajando de forma considerable el rendimiento y la eficiencia. Por el Ministerio de Justicia no se han cumplido los compromisos adquiridos en la reunión con las Asociaciones tal como la entrega de las famosas “Surface”, no se disponen de ordenadores portátiles suficientes para que los Fiscales puedan trabajar en sus domicilios teniendo en cuenta que todos los expedientes son digitales, y solo es posible disponiendo de un ordenador portátil del Ministerio, con lector de tarjeta y programado para acceder a Lex Net,

El hecho de no estar integrados en el ámbito penal y la duplicidad de aplicaciones Fortuny y Minerva ralentiza el trabajo teniendo que escanearse todos los escritos, lo cual crea un gran malestar en los Juzgados en su relación con las Fiscalías.

4. Funcionamiento de la Comisión de Productividad. Valoración del resultado de las últimas modificaciones introducidas en el Baremo de Productividad.

La Comisión Ejecutiva considera que la precipitación en la aprobación del Baremo actualmente vigente, donde no se tuvieron en cuenta las propuestas elaboradas por la AF en el documento que fue remitido en el mes de octubre 2016, exigen que para una correcta valoración de los resultados, y propuestas de modificaciones, debiera diferirse a un examen exhaustivo de los resultados de la estadística semestral correspondiente al primer ejercicio de 2017  

5. Valoración de la aplicación habida hasta el momento del art. 324 de la LECrm., así como de la Circular de la FGE 5/2015 sobre las plazos máximos de la instrucción.

En este momento a las complejidades ordinarias, se unen las prórrogas de las causas ya revisadas anteriormente, exigiendo un nuevo estudio de todo lo pendiente, y esta vez sin refuerzo, y sin seguir tener a nuestra disposición la causa y las diligencias que se han practicado con posterioridad.

Persisten los problemas advertidos con las inhibiciones y reaperturas, sin que se comuniquen por el Juzgado, dificultando el control y en su caso, la correspondiente petición de complejidad o en su caso prórroga.

Transcurrido por tanto un plazo más que razonable desde la entrada en vigor de   la reforma, la situación de dificultad para el control de los plazos y el esfuerzo adicional  de la Carrera Fiscal en el control de las causas , prácticamente en solitario, provoca desaliento y frustración , convirtiéndonos en centinelas en el impulso y conclusión de la instrucción, sin que esto sea suficiente, dadas las dificultades descritas, para alcanzar el fin y espíritu de la norma, que no era otro que la agilización de la Administración de la Justicia.   

Sin otro particular, os invitamos a todos –asociados y no asociados- a que nos transmitáis cuantas sugerencias y propuestas entendáis oportunas.

En Madrid, a 5 de mayo de 2017.
La Comisión Ejecutiva de la Asociación de Fiscales
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@AFiscales
www.asociaciondefiscales.es


Asociación de Fiscales
Almagro, 3  -1º izda
28010 MADRID
Tfno 91 474 32 84
Móvil 619410745

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